El Gobierno autorizo la circulaciĂłn e todo tipo de vehĂculos con las patentes provisorias de papel, ante la falta de las obligatorias de chapa. La Casa de la Moneda tiene «dificultades en lo inmediato» para regularizar la provisiĂłn de los pedidos de las diferentes oficinas del Registro Automotor.
Por tanto, se resolviĂł que las placas provisorias de papel que se entregan con un plazo de validez de 30 dĂas, son prorrogables hasta tanto el Registro no entregue las definitivas.
El texto indica que «las placas provisorias de papel entregadas a los usuarios con un plazo de TREINTA (30) dĂas resultan prorrogables mientras el Registro no entreguen las definitivas, y mantendrán la misma validez para circular en la vĂa pĂşblica».
La circular será puesta en conocimiento de las Fuerzas de Seguridad nacionales y provinciales, y de la Administración Nacional de Aduanas a fin de evitar inconvenientes a los usuarios del sistema registral.
Qué dice la Ley de Tránsito
La ley de tránsito, en el ArtĂculo 40 inciso e), dispone que todos los vehĂculos deben tener colocadas las placas de identificaciĂłn de dominio, y que Ă©stas tienen que ser legibles de tipos normalizados y sin aditamentos.