La iniciativa fue aprobada  por unanimidad y girada a la Cámara baja para su sanción.  El proyecto de “pirotécnica cero” excluye de la prohibición a los “artificios de uso práctico” que se emplean en ferrocarriles, en transportes terrestres y aéreos, en sectores agropecuarios o industriales, en la navegación marítima y fluvial, y en las fuerzas de seguridad, y también los que se manipulan en casos de localización de personas, sistemas de seguridad, detección de incendios y emergencias, entre otros.

En el artículo 3 se prohíbe la “comercialización, la venta al público mayorista o minorista, la venta ambulante en la vía pública y el uso particular de artificios pirotécnicos y de cohetería de uso recreativo de alto impacto sonoro, cualquiera fuera su característica y naturaleza, como así también los denominados globos aerostáticos de pirotecnia”.

Además, también introduce una regulación para los actos oficiales al prohibir “la adquisición y uso por parte del sector público provincial, de todo artificio pirotécnico o de cohetería, sea de bajo o alto impacto sonoro, en los eventos y/o espectáculos que organice”.

El proyecto aprobado en la cámara alta provincial establece “multas de entre cinco y cincuenta haberes mensuales de Agentes de Seguridad de la Policía de la provincia de Buenos Aires” para las personas físicas y clausuras de entre cinco a diez días a los comerciantes que vendan “en forma mayorista o minorista” artificios o cohetería. El dinero recaudado irá para campañas de concientización y capacitaciones para el personal de control.

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