El plazo para realizar la recategorización del monotributo vencerá en la medianoche de este jueves, según la prórroga dispuesta por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a la operatoria que cerraba el 20 de julio último. Se trata de recategorización correspondiente al primer semestre de este año.

El organismo fiscal aclaró que “los períodos de recategorización se llevan a cabo en enero y julio y para evaluar si corresponde, se debe tomar en cuenta la actividad de los últimos 12 meses respecto a la facturación o alguno de los otros parámetros utilizados como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica”.

El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará al mes siguiente a la recategorización.

El organismo señaló que “para realizar el trámite hay que ingresar al sitio web de la AFIP con clave fiscal”, y añadió que “si no se hace, se entiende que no hubo cambios y se mantiene la misma categoría”.

Por otro lado, aclaró que si transcurrieron menos de seis meses de la inscripción en el monotributo, no corresponde hacer la recategorización.

Cuáles son las nuevas escalas

Con la nueva actualización de las escalas, los topes máximos de las distintas categorías en base a los ingresos brutos a partir del 1 de julio de 2023 son:

    Categoría A – Ingresos brutos anuales: $ 1.414.762,58

    Categoría B – Ingresos brutos anuales: $ 2.103.025,45

    Categoría C – Ingresos brutos anuales: $ 2.944.235,60

    Categoría D – Ingresos brutos anuales: $ 3.656.604,33

    Categoría E – Ingresos brutos anuales: $ 4.305.799,15

    Categoría F – Ingresos brutos anuales: $ 5.382.248,94

    Categoría G – Ingresos brutos anuales: $ 6.458.698,70

    Categoría H – Ingresos brutos anuales: $ 7.996.484,12

    Categoría I – Ingresos brutos anuales: $ 8.949.911,06

    Categoría J – Ingresos brutos anuales: $ 10.257.028,68

    Categoría K – Ingresos brutos anuales: $ 11.379.612,01

Cómo hacer la recategorización

1. Entrar a la página de AFIP | Monotributo.

2. Ingresar con CUIL/CUIT/CDI y Clave Fiscal.

3. Seleccionar la opción “Recategorización”.

4. Allí, el sistema mostrará la categoría vigente y los topes máximos.

5. Luego, seleccionar la opción “Continuar recategorización”.

6. Informar el monto facturado en los últimos 12 meses.

7. Ingresar los datos correspondientes a la actividad personal, según solicite el sistema.

8. El sistema mostrará la categoría correspondiente.

9. Verificar la información brindada.

10. Si los datos son correctos, hacer clic en “Confirmar categoría”.

11. El sistema informará si la modificación se realizó de forma correcta y se podrá imprimir la credencial. (DIB)

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