El Gobierno nacional ha anunciado recientemente que los incrementos en las tarifas de electricidad entrarán en vigencia a partir de marzo, ajustando los costos al verdadero suministro de energía. Dichos aumentos podrían alcanzar hasta un 150 % para algunos consumidores.

De acuerdo con las normativas actuales, las familias con ingresos que no superen 3,5 veces el valor de la Canasta Básica Total (CBT) pueden solicitar subsidios. Con el reciente ajuste de la CBT a $596.823,18, el límite de ingresos para ser elegible a estos subsidios también se ha elevado, permitiendo que un espectro más amplio de la población pueda beneficiarse de ellos.

El Gobierno nacional ha subrayado que los incrementos entrarán en vigor en marzo y que las tarifas serán ajustadas al verdadero costo del suministro, con un límite máximo del 150 por ciento. La segmentación se llevará a cabo en función de ciertos niveles de consumo, brindando protección especial a aquellos que accedan a los subsidios debido a circunstancias evaluadas según su situación socioeconómica.

En términos generales, el comercio y la industria asumirán tarifas plenas, mientras que los jubilados con ingresos mínimos y los hogares de bajos ingresos contarán con un límite de precio subsidiado. Las categorías se dividen en N1, N2 y N3, con diferentes umbrales de ingresos y reducción gradual de subsidios para los niveles intermedios.

  • Categoría N1: Ingresos superiores a $2.088.000 (más de 3.5 veces la CBT).
  • Categoría N2: Ingresos inferiores a $597.000 (equivalente al valor de 1.5 canastas básicas).
  • Categoría N3: Ingresos entre $597.000 y $2.088.000 (entre 1.5 y 3.5 veces la CBT).

Para solicitar y mantener los subsidios, es imprescindible registrarse en el Registro de Acceso a los Subsidios de Energía (RASE). Este trámite se puede llevar a cabo en el sitio web oficial del Gobierno: https://www.argentina.gob.ar/subsidios. Se requiere contar con cierta documentación, incluyendo el número de medidor, el último ejemplar del DNI, el número de CUIL de cada integrante del hogar mayor de 18 años, los ingresos de bolsillo de cada miembro del hogar, dirección de correo electrónico, y, en caso de funcionar un comedor o merendero comunitario registrado en el ReNaCOM en el domicilio, el número de registro correspondiente.

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